Uno de los problemas que pueden surgir con las técnicas de Reproducción Asistida es la actuación con los embriones sobrantes. En una FIV o ICSI se suelen transferir uno o dos embriones embriones y no es infrecuente conseguir mayor número. Estos embriones no transferidos son congelados y almacenados en un Banco de embriones.
Una de las opciones que tienen las parejas que crioconservaron embriones y que no desean utilizarlos para intentar conseguir una gestación, es donar esos embriones a otras parejas. Es la denominada “Adopción de embriones”. Art 11 de la Ley 14/2006 permite la donación de embriones con fines reproductivos .
Una vez conseguida la autorización firmada por parte de la pareja o mujer sola, donante de embriones, la receptora es sometida a un tratamiento hormonal sustitutivo y cuando su útero esté receptivo, se procede a la descongelación de los embriones y a su transferencia al interior del útero. La donación es anónima y altruista.
Indicaciones:
- Fracasos repetidos de FIV.
- Menopaúsicas y/o Mujeres solas.