¿Cómo funciona la Donación de Ovocitos?
Desde 1991, en UR CEFIVA existe un programa de tratamiento por el cual estamos consiguiendo gestaciones que serían imposibles por medios naturales. Se trata del Programa de donación de ovocitos.
¿Quieres ser donante de óvulos?
Si tienes entre 18 y 35 años, estás interesada en ayudar a otras mujeres para que puedan ser madres y cumples los requisitos médicos necesarios, tú puedes ser donante de óvulos.
¿Qué debes de hacer?
En primer lugar solicitar una entrevista en la que se te realizará una historia clínica personal y familiar extensa, que incluye revisión médica, análisis de sangre hormonales y genéticos, ecografía y cultivos vaginales.
¿Qué requisitos se exigen para ser donante?
Tener un buen estado de salud físico y psicológico, sin antecedentes familiares de enfermedades hereditarias que permitan el nacimiento de niños sanos.
Información sobre la donación
Firmarás un consentimiento informado dónde se te explica cómo va a ser el proceso médico y los aspectos legales relacionados con la donación.
¿Cómo es el proceso?
Recibirás un tratamiento médico en forma de de inyecciones subcutáneas, para desarrollar varios óvulos en un mismo ciclo.
La recuperación de los óvulos se realizará en el quirófano, bajo control del anestesista que te practicará una sedación con el fin de evitarte molestias físicas.
Posteriormente permanecerás en la Clínica el tiempo que precises para recuperarte (habitualmente media hora).
No debes de tener miedo al dolor físico pues como se te ha indicado las inyecciones son subcutáneas y la obtención de los óvulos bajo sedación.
Los horarios de las visitas a la Clínica, ecografías, analíticas, etc. a lo largo del proceso de estimulación, serán siempre por las mañanas y por un corto periodo de tiempo, por lo que la interrupción en tú vida personal y laboral es limitada.
La estimulación y recuperación de los óvulos dura aproximadamente unos 15 días.
Apectos legales – Ley 14/2006
- La donación de gametos es anónima tanto para la donante como para la receptora.
- Con una misma donante se pueden obtener 6 gestaciones.
- Se permite la compensación económica a las donantes en concepto de gastos de desplazamiento, molestias ocasionadas, etc. al finalizar el tratamiento.
Indicación de Donación-Recepción de Ovocitos
Mujeres que no tienen función ovárica por diversas causas:
- Congénitas, fallo ovárico precoz, menopaúsicas a la edad habitual, extirpación de los ovarios, o sometidas a quimio-radioterapia.
- Fracasos repetidos en FIV.
- Portadoras de enfermedades congénitas no susceptibles de tratamiento con Técnicas de eproducción Asistida (ver DGP).
- Abortos de repetición
La donante es estudiada por el Equipo médico de UR CEFIVA realizando los estudios que indica la Ley 14/2006 entre los que se incluye un estudio serológico para descartar enfermedades como el HIV, Hepatitis B, C, Sífilis… y estudios genéticos, Cariotipo en sangre periférica.
Una vez que cumpla los requisitos y se acepta como donante, es sometida a una estimulación ovárica igual que aquellas pacientes que recurren a FIV. También y al igual que las otras pacientes se realiza la obtención de los ovocitos por medio de la punción ovárica.
Tras la obtención de los ovocitos, el papel de la donante finaliza y comienza el de la receptora. Cuando la receptora es incluida en un Programa de Donación de Ovocitos, recibe un tratamiento hormonal sustitutivo para preparar el útero, siendo imprescindible una perfecta sincronización entre los ciclos de la donante y la receptora.
La receptora será avisada de la donación con tiempo suficiente y se le indicará en su momento los cambios de medicación que precise. El marido o compañero de la receptora acudirá al Centro el día de la punción de la donante con la muestra de semen para realizar la técnica adecuada para su caso (FIV, ICSI…)
Se seguirán los pasos al igual que los realizados en FIV, ICSI, es decir, deberán contactar con el Laboratorio para informarse de la marcha de las primeras fases de la fertilización, comunicándose día y hora de la transferencia. Las donantes de óvulos tienen que cumplir una serie de requisitos de acuerdo con la Ley 14/2006. Entre ellos:
Artículo 5.Donantes y contratos de donación
- 1. La donación de gametos y preembriones para las finalidades autorizadas por esta Ley es un contrato gratuito, formal y confidencial concertado entre el donante y el centro autorizado.
- 5. La donación será anónima y deberá garantizarse la confidencialidad de los datos de identidad de los donantes
- 7. El número máximo autorizado de hijos nacidos en España que hubieran sido generados con gametos de un mismo donante no deberá ser superior a seis
La Ley 14/2006 respecto de los padres y los hijos dice entre otras cosas:
- 1. Ni la mujer progenitora ni el marido, cuando hayan prestado su consentimiento formal, previo y expreso a determinada fecundación con contribución de donante o donantes, podrán impugnar la filiación matrimonial del hijo nacido como consecuencia de tal fecundación.